Qué hacer después de un accidente
- Atendete y guardá todos los comprobantes médicos: guardia, estudios, certificados, recetas.
- Sacá fotos de los vehículos, de cómo quedaron, de la calle y de las lesiones.
- Anotá los datos del otro conductor: nombre, DNI, patente, aseguradora y número de póliza.
- Pedí nombre y teléfono de los testigos.
- Si hubo personas heridas, asegurate de que quede registrada la intervención policial o hacé la denuncia.
- Avisá a tu aseguradora cuanto antes: la Ley de Seguros fija un plazo de tres días para denunciar el siniestro.
- No firmes acuerdos ni aceptes ofertas de la aseguradora del otro sin asesoramiento.
¿Qué se puede reclamar?
- La reparación del vehículo, o su valor si fue destrucción total.
- La privación de uso: el tiempo que no pudiste usar el auto o la moto.
- Gastos médicos, de farmacia, kinesiología y traslados.
- Incapacidad física o psicológica, transitoria o permanente.
- Lo que dejaste de ganar por no poder trabajar.
- El daño moral: el sufrimiento y la afectación de tu vida cotidiana.
En los accidentes con vehículos en movimiento, la ley pone el foco en el riesgo: en muchos casos el dueño y el conductor responden aunque no se demuestre su culpa, salvo que prueben una causa que los libere, como la culpa de la propia víctima.
Si viajabas como pasajero
Si ibas como acompañante, en un taxi, un remís o un colectivo, también podés reclamar. En el transporte de pasajeros, quien te transporta tiene la obligación de llevarte sano y salvo a destino.
Plazos para reclamar
El reclamo por daños derivados de un accidente prescribe, en general, a los tres años. Si el reclamo es contra tu propia aseguradora, con base en tu póliza, el plazo es más corto: un año. Aun así, no conviene esperar: las pruebas se pierden con el tiempo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar después de un choque?
En general, el reclamo por daños prescribe a los tres años. Si se trata de un reclamo contra tu propia aseguradora, basado en tu póliza, el plazo es de un año. Lo recomendable es consultar cuanto antes, mientras las pruebas están frescas.
¿La aseguradora del otro conductor me tiene que pagar?
Si el otro conductor es responsable, su aseguradora responde dentro de los límites de la póliza. El reclamo puede hacerse primero de forma extrajudicial y, si la oferta no es justa o no hay respuesta, por vía judicial, citando a la aseguradora al juicio.
¿Qué pasa si el otro conductor no tenía seguro?
Igual se puede reclamar contra el conductor y contra el titular del vehículo, que responden con su patrimonio. Lo analizamos según cada caso.
¿Puedo reclamar si me atropellaron como peatón o iba en bicicleta?
Sí. Peatones y ciclistas pueden reclamar los daños sufridos frente al conductor, al titular del vehículo y a su aseguradora.
Esta información es general y no reemplaza el análisis de tu caso concreto. Cada situación tiene particularidades que pueden cambiar la respuesta.