Casos en los que te puedo ayudar
- Despidos: revisión de la liquidación final y reclamo de la indemnización que corresponde.
- Trabajo no registrado o mal registrado: trabajo “en negro”, fecha de ingreso falsa o sueldo declarado menor al real.
- Diferencias salariales: horas extra impagas, categoría mal asignada, aguinaldo o vacaciones sin pagar.
- Accidentes y enfermedades laborales: reclamos frente a la ART y al empleador.
- Renuncias, suspensiones y cambios en las condiciones de trabajo: antes de firmar o aceptar, conviene consultar.
Si te despidieron: qué hacer y qué no
- Guardá todo: recibos de sueldo, telegramas, cartas documento, mensajes y correos con tu empleador, y datos de compañeros que puedan ser testigos.
- No respondas un telegrama sin asesoramiento. Los intercambios telegráficos tienen plazos cortos y lo que se escribe ahí después es prueba.
- El telegrama laboral es gratuito para el trabajador en el Correo Argentino.
- No firmes acuerdos ni renuncias sin leerlos con un abogado.
- Pedí tu certificado de trabajo. El empleador está obligado a entregarlo cuando termina la relación.
Trabajo en negro o mal registrado
Si trabajás sin recibo de sueldo, o tu recibo muestra una fecha de ingreso posterior o un sueldo menor al que realmente cobrás, podés reclamar la registración correcta. La fecha de ingreso y el sueldo real son, además, la base para calcular cualquier indemnización.
La prueba importa: transferencias, mensajes, testigos, fotos en el lugar de trabajo o cualquier registro de tu actividad sirven para demostrar la relación laboral.
Los plazos importan
Los créditos laborales prescriben: si dejás pasar el tiempo, perdés el derecho a reclamar. Y algunas situaciones, como responder una intimación del empleador, tienen plazos de días. Por eso conviene consultar apenas ocurre el problema, aunque todavía no sepas si vas a reclamar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me corresponde de indemnización por despido?
Depende de tu antigüedad, de tu mejor remuneración, de cómo terminó la relación y de si estabas bien registrado. Con tus recibos y tu fecha de ingreso real hago el cálculo y te lo explico rubro por rubro.
Firmé el recibo de la liquidación final, ¿puedo reclamar igual?
Sí. La Ley de Contrato de Trabajo considera que lo que cobraste es un pago a cuenta de lo que te corresponde. Lo que no conviene firmar sin asesoramiento es un acuerdo o una renuncia.
Trabajo en negro y no tengo recibos, ¿puedo reclamar?
Sí. La relación laboral se puede probar con testigos, mensajes, transferencias, fotos y otros registros. Cuanto antes reúnas esa prueba, mejor.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
Los créditos laborales tienen un plazo de prescripción y algunas intimaciones deben responderse en pocos días. No conviene esperar: cuanto antes se revisa el caso, más opciones hay.
Esta información es general y no reemplaza el análisis de tu caso concreto. Cada situación tiene particularidades que pueden cambiar la respuesta.